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Archivo: 4 septiembre 2015
Nuevo: Declaración Herederos Abintestato
Escrito el:4 septiembre 2015
Al fallecimiento de una persona se produce la apertura de la sucesión y la transmisión de sus derechos y obligaciones a sus herederos. Cuando el fallecido/a no ha otorgado testamento, existen dos vías: Primera: Acta de Notoriedad de Herederos Abintestato. Se realiza en Notaría cuando los herederos son hijos o descendientes del fallecido, padres o ascendientes o el cónyuge viudo. Segunda: Declaración Judicial ante el Juzgado de Primera Instancia. Se…
Leer más...Categoría: NOVEDADES
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